Departamento de Sanidad del Estado de Nueva York
El Programa de Vivienda de Transición Rápida (RTHP) tiene como objetivo ayudar a los beneficiarios de Medicaid a realizar la transición hacia una vivienda con apoyo y proporcionarles subsidios de alquiler, servicios de gestión de la tenencia y otros servicios necesarios para fomentar una vida satisfactoria en la comunidad. El RTHP ofrece a los beneficiarios vulnerables de Medicaid que se encuentran sin hogar asistencia para conseguir una vivienda accesible, asequible y sostenible, así como servicios de apoyo, en el entorno disponible menos restrictivo y más adecuado.
Para derivar a los miembros al Programa de Vivienda de Transición Rápida, envía un correo electrónico a HousingReferral@ilny.org o ponte en contacto con el responsable regional del Programa de Vivienda de Transición Rápida.
Elegibilidad:
o Afiliado a Medicaid
o Cumplir con la definición de persona sin hogar que vive en la calle o en un albergue establecida por el Departamento Federal de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD);
o Tener al menos 18 años y cumplir los siguientes requisitos:
o Una (1) discapacidad física crónica documentada, o
o Dos (2) o más enfermedades crónicas;
o Cumplir con la definición del Índice de Vulnerabilidad de Usuarios Frecuentes que se indica a continuación:
o Un afiliado a Medicaid que haya cumplido uno (1) o más de los siguientes criterios en los últimos 12 meses:
o Haber tenido dos (2) o más ingresos hospitalarios en los últimos 12 meses;
o Haber acudido al servicio de urgencias cinco (5) veces o más en los últimos 12 meses;
o Haber acudido al servicio de urgencias cuatro (4) o más veces y haber tenido una o más hospitalizaciones en los últimos 12 meses; y/o
o Se considerará usuario intensivo de Medicaid a quien se encuentre entre el 20 % con mayor gasto de los beneficiarios de Medicaid, en relación con los parámetros del condado de responsabilidad fiscal y de la población objetivo (por ejemplo, un beneficiario con enfermedad mental grave (SMI) en Westchester tendría que tener un gasto en el período de referencia superior al 80 % del gasto de la población beneficiaria de Medicaid con SMI en ese condado).
o Que pueda recibir atención de forma segura en un entorno comunitario